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Decreto 3206 – SE ESTABLECEN MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES AL PLAN LOCAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE CIUDAD DEL PLATA

3 minutos de lectura

San José, 12 de abril de 2021.-
RESOLUCIÓN N.º 0119/2021.

-VISTO: el Expediente Nº 2236/2019, Oficio N.º 2834/2019 de la Intendencia Departamental, conteniendo Proyecto de Decreto tendiente a modificar gráficos en el Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Ciudad del Plata;

CONSIDERANDO I: que dicha solicitud se origina a partir de una petición de LENVAR S.A. y solicita además la anuencia para el reparcelamiento y fraccionamiento en en tres padrones de su propiedad, uno destinado a Curtiembre y Tratamiento de Efluentes, otro a Confección y un tercero rural que se encuentra en su mayoría forestado;

CONSIDERANDO II: que de los informes técnicos realizados por el Ejecutivo a la Comisión de Ordenamiento Territorial a Nivel
Departamental se desprende que es viable lo solicitado por LENVAR S.A.;

ATENTO: a lo expresado: la Junta Departamental de San José; RESUELVE: conceder la anuencia solicitada por el Ejecutivo Departamental para autorizar a LENVAR S.A. el reparcelamiento y fraccionamiento en tres padrones de su propiedad, así como la modificación de los gráficos en el Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Ciudad del Plata; aprobar el informe elaborado por la Comisión de Educación, Cultura y Nomenclatura que antecede por unanimidad de presentes (29 votos afirmativos en 29); sancionar en general y en particular el Decreto N.º 3206 por unanimidad de presentes (31 votos afirmativos en 31), cuyo texto se reproduce a continuación:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ

DECRETA:

SE ESTABLECEN MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES AL PLAN LOCAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE CIUDAD DEL PLATA.-

Artículo 1º.- Sustitúyanse los gráficos referidos en el Decreto Nº3108/2015,Artículo 89, Delimitación de las Subzonas, inciso c) Subzona Dos Rutas, según nueva delimitación gráfica adjunta Plano Nº2, Zonificación General, Plano Nº6 – Zona Corredor Ruta 1. Subzonas y Plano
Nº8 Categorización de suelo.
Afirmativo unanimidad (31 votos en 31)

Artículo 2º.- Comuníquese a la Oficina de Ordenamiento, Sección Estudios y Proyectos, Dirección Arquitectura y Urbanismo y Asesoría Letrada.
Afirmativo unanimidad (31 votos en 31)

Artículo 3º.- Comuníquese a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a los efectos previstos en el Artículo 78 de la Ley 18.308 del 18 de junio de 2008.
Afirmativo unanimidad (31 votos en 31)

Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.
A sus efectos vuelva al Ejecutivo Departamental.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ, EL DÍA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. Dr. Jorge Chápper
Presidente Andrés Pintaluba
Secretario General

San José, 28 de abril de 2021.-
RESOLUCIÓN N° 264/2021 EXPEDIENTE Nº 2236/2019

SE PROMULGA DECRETO Nº 3206.-

VISTO: el Oficio Nº 2834/2019 de fecha 30 de setiembre de 2019, remitido a la Junta Departamental;

RESULTANDO: que a través del mismo se solicita la anuencia para aprobar el proyecto de decreto, referido a Modificaciones no Sustanciales al Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Ciudad del Plata; consistente en sustituir los gráficos referidos en el
Decreto N° 3108/2015, artículo 89, Delimitación de las Subzonas, inciso c) Subzona Dos Rutas, según nueva delimitación gráfica adjunta Plano N° 2, Zonificación General, Plano N° 6 – Zona Corredor Ruta N° 1. Subzonas y Plano N° 8 Categorización de Suelo;

CONSIDERANDO: que la Junta Departamental de San José, por Resolución Nº 0119/2021 de fecha 12 de abril de 2021, sancionó el Decreto Nº 3206;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 275 de la Constitución de la República;

La Intendente Departamental de San José, RESUELVE:

1º.- Promúlgase el Decreto Nº 3206, aprobado por la Junta Departamental de San José, por Resolución Nº 0119/2021 de fecha 12 de abril de 2021.

2º.- Cométese a la Oficina de Comunicación la publicación en el Diario Oficial y prensa local y en la página web de esta Intendencia.

3º.- Ofíciese a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial.

4°.- Notifíquese a los representantes de “Lenvar S.A”, y siga a Sección Estudios y proyectos a los efectos correspondientes, luego siga a conocimiento de la Oficina de Ordenamiento; Dirección de Arquitectura y Urbanismo y Asesoría Letrada.

5º.- Regístrese.

Cra. Ana María BENTABERRI
Intendente

Dr. Sebastián FERRERO
Secretario General

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