San José, 23 de junio de 2021
RESOLUCIÓN N° 418/2021 EXPEDIENTE Nº 337/2021 REGLAMENTACIÓN DEL DECRETO N° 3204.-
VISTO: el Decreto N° 3204 de fecha 8 de junio del presente año, referido al régimen de Pasantías Laborales Transitorias;
RESULTANDO: que del artículo 7 surge la necesidad de la reglamentación del mismo;
CONSIDERANDO:
I) que se entiende pertinente dar pautas claras y precisas para el cumplimiento del Decreto N° 3204, respecto a los requisitos del sorteo y de los postulantes en situación de vulnerabilidad económica;
II) que existe disponibilidad presupuestaria para incluir en el presente llamado doce (12) cupos;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente; La Intendente Departamental de San José,
RESUELVE:
1º.- Los postulantes serán elegidos por sorteo y deberán ser ciudadanos de entre 18 y 59 años de edad a dicha fecha, con residencia en el departamento de San José, de al menos tres años debidamente comprobada, quienes no podrán poseer ingresos por concepto de salarios, rentas, pensiones, jubilaciones o subsidios.
En relación a la residencia en el Departamento, debe acreditarse por cualquier medio admitido por el Derecho, por ejemplo certificado de residencia policial, recibos de cualquier ente público: Ose, Ute, Antel.
Con respecto, al contralor de ingresos será realizado a través de idéntico sistema al utilizado por el programa “Oportunidad Laboral” creado por ley 19.952.
2º.- Podrán inscribirse ciudadanos de todas las localidades del Departamento; en la página web de la Intendencia: “www.sanjose.gub.uy”. En el momento de inscripción deberán indicar en caso de corresponder las postulantes mujeres especialmente su condición de Jefa de Hogar.
3º.- Con la totalidad de los inscriptos, se realizará el sorteo ante Escribano Público, el día 20 de julio de 2021 a la hora 14:00, en el Espacio Cultural, calle 18 de Julio N° 509, de esta ciudad. Se sortearán seis (6) titulares con idéntico número de suplentes entre las inscriptas como Jefas de Hogar. Los restantes seis (6) lugares, entre los cuales se sortea: uno (1) para trans, uno (1) para afrodescendiente y uno (1) para persona con discapacidad, serán sorteados entre todos los inscriptos, salvo las Jefas de Hogar que hayan sido beneficiarias, con idéntico número de suplentes.
4º.- El control de los requisitos exigidos será efectuado luego de la selección que se realizará por sorteo, y en el caso de postulantes Jefa de Hogar, por documentación que acredite tener menores a cargo y en su defecto deberá ser certificado por Asistente Social de la Intendencia.
5°.- Las personas seleccionadas suscribirán el contrato respectivo y quedarán incorporadas al régimen de pasantías de la Intendencia de San José gozando de los derechos y obligaciones establecidos en el mismo. La remuneración mensual será la establecida en el artículo 12 del Decreto Nº 3062 y el horario será de 6 horas diarias, 5 días a la semana.
6º.- Tendrán derecho a sueldo anual complementario y licencia ordinaria por el período de contratación.
7º.- Las retribuciones a las que se refieren los artículos precedentes serán las únicas a percibir por el pasante, quedando expresamente excluidos de cualquier compensación y proventos en efectivo o en especie que perciban los funcionarios con excepción de la partida en tickets de alimentación que si les corresponde. No accederá a ningún beneficio social con excepción de la asistencia médica.
8º.- Las tareas a realizar por el presente régimen serán de mantenimiento de diversos de espacios verdes y edificios públicos.- Los lugares de prestación de actividades serán determinados por el Área de Recursos Humanos, atendiendo a la proximidad geográfica de la residencia de los sorteados.
9.- Pase al Área de Recursos Humanos a los efectos correspondientes.
10.- Regístrese, etc.
Cra. Ana María BENTABERRI
Intendente
Dr. Sebastián FERRERO
Secretario General